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¿Cómo poder asegurarte contra cualquier empresa que ofrezca servicios financieros de inversión?

En estos tiempos hemos recibido a algunos clientes con problemas para recuperar dinero que habían invertido en supuestas empresas que prestan servicios financieros de inversión, y cuando empezamos a revisar los documentos nos dimos cuenta que había muchas inconsistencias en estos, para lo cual queremos darles nuestro punto de vista de como intentar asegurar legalmente el retorno de tu inversión.


En primer lugar nos dimos cuenta que estas empresas utilizan pagarés para intentar hacer creer al cliente que están asegurando el retorno de la inversión, pero en este caso, estos pagares tienen omisiones que hacen que el pagaré no sea pagaré y por lo tanto no pueda ser cobrado por la vía ejecutiva mercantil, es decir, pierden el privilegio de ser cobrados por la vía mas efectiva para asegurar el pago del adeudo, embargando bienes propiedad del deudor o deudores, por lo que queremos hacerte saber que para que un pagaré sea totalmente válido como tal debe de reunir los siguientes requisitos:


· Debe de decir en el documento que dicho escrito es un PAGARÉ

· Debe de establecer lugar (Ciudad y Estado) y fecha (día, mes y año), en la que se suscribió el pagaré.

· Debe de establecer que el deudor se obliga al pago incondicional en favor del acreedor (o persona que debe de recibir el dinero).

· Debe de establecer a quien se le va a pagar dicha cantidad que se adeuda, ya sea una persona moral o persona física.

· Debe de estar firmado por la persona que se obliga a dicha deuda.

· Debe de establecer, de preferencia, lugar y fecha de vencimiento, aunque si esto no lo tiene no haría inexigible el documento como pagaré.

· El pagaré no debe de estar sujeto a ninguna condición de otro documento, es decir, es importante revisar que no quieran vincular el pagaré con algún contrato de mutuo o préstamo.

· Es recomendable que siempre firme un aval, es decir, alguien que se obliga como si fuera suya, en favor del acreedor, por la deuda que adquiere el deudor principal.


Todas las anteriores son obligaciones y en algunos casos recomendaciones que hacen que el pagaré sea ejecutable como tal, sin que pierda la fuerza por la cual se creó, pero también algo que debes de hacer es asegurarte que la persona que esta firmando es quien dice ser quien es, ya sea con que te muestre alguna identificación oficial vigente, por que puede ser que se utilicen nombres falsos de personas que no existen para poder engañar al publico inversionista y poder salir librado de la deuda sin perder el dinero a cambio (aparentemente).


Además de lo anterior, si es que te hacen firmar un contrato (lo cual siempre deberían), asegúrate que la empresa en la cual estas confiando te muestre estar regulada y certificada ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, ya que para publicitar la captación de dinero del público inversionista deben de estar regulados por la misma, además de seguir los lineamientos de contratos que establece la CONDUSEF, por lo que el contrato que firmes deberá de tener la verdadera deuda a la que se obligan y no a algún otro contrato fachada que utilicen para ocultar que se trata de un contrato de inversión a corto, mediano o largo plazo.


En Sassoferrato Abogados buscamos la justicia siempre, por lo que en vista de que dichas empresas con el afán de intentar huir o no cumplir con su obligación de regresarte el dinero utilizan estas tácticas, hemos decidido ayudarte para que no pases un mal momento por los llamados “delincuentes de cuello blanco”, sabiendo que siempre que pueda surgir una duda o no sepas si lo que firmas puede servirte en un futuro, puedas buscarnos para asesorarte legalmente.



ATENTAMENTE



SASSOFERRATO ABOGADOS.




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